martes, septiembre 05, 2006

Ni la fama ni el dinero pudo con la justicia. Farruquito a Fontcalent



Sevilla, 5 sep (EFE).- El bailaor Juan Manuel Fernández Montoya "Farruquito" tendrá que ingresar en prisión tras la sentencia de la Audiencia de Sevilla que le condenó hoy a tres años de cárcel, en lugar de los 16 meses impuestos inicialmente por el juzgado, por un atropello mortal que cometió en 2003.
No obstante, el fallo judicial le aplica la atenuante de confesión al declarar la nulidad de las escuchas telefónicas que lo incriminaron en este caso.
La Audiencia condena a "Farruquito" a dos años de cárcel por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad en el tráfico, puesto que considera probado que el bailaor no tenía carné de conducir y que circulaba a más velocidad de la permitida.
Además, le impone otro año de prisión por omisión del deber de socorro, ya que el artista no se paró tras atropellar al fallecido, Benjamín Olalla, y tampoco se cercioró de que estaba siendo atendido, conducta que la sala califica de "insolidaria".
El bailaor tendrá que pagar además dos multas de 36.500 euros, una por la omisión del deber de socorro y otra como autor de un delito de simulación de delito, ya que la sentencia considera que el hermano del bailaor, Antonio, se inculpó del atropello ante la Policía "persuadido por su hermano Juan Manuel -que era su jefe en la compañía de flamenco y seis años mayor- y muy influido por el gran ascendiente que tenía éste sobre él".
La Sección Séptima condena también a un año de prisión a Oscar Benavente, actualmente en la cárcel por su relación con la trama de corrupción de Marbella, por un delito de encubrimiento, puesto que cree que este amigo del bailaor, que había sido absuelto en primera instancia, lo ayudó a ocultar en Málaga el automóvil con el que se produjo el atropello para que "Farruquito" pudiera "eludir su responsabilidad".
La sentencia considera que el auto del juzgado número 8 de Málaga que autorizó las escuchas telefónicas por un caso de tráfico de drogas que terminaron incriminando al bailaor en el atropello "carece de fundamentación" y, al declarar nulas estas pruebas, absuelve de encubrimiento a los policías malagueños Bernardino R.M. y José Miguel A.H.
También han sido absueltos Jorge R.S., que viajaba junto al bailaor como copiloto en el momento del atropello, de un delito de omisión del deber de socorro, y Antonio F.S., tío del bailaor, de otro delito de encubrimiento.
El fallo judicial, que es firme y contra el que sólo cabe un recurso extraordinario ante el Tribunal Constitucional, establece asimismo que a "Farruquito" se le retirará durante tres años y seis meses el permiso de conducir que obtuvo durante el juicio.
"Farruquito" atropelló la noche del 30 de septiembre de 2003 en la calle Doctor Laffón Soto de Sevilla a un hombre, Benjamín Olalla, de 35 años, cuando circulaba a mayor velocidad de la permitida y sin tener ni carné de conducir ni seguro en el coche.
El bailaor no se paró a auxiliar al hombre, que falleció, y llevó el coche siniestrado, ayudado por su amigo Oscar Benavente, a un taller de Málaga para que allí lo repararan sin que lo relacionaran con los hechos.
El hermano menor del artista, Antonio, se confesó culpable del atropello ante la Policía Nacional y en presencia de "Farruquito" en febrero de 2004, pero por esas mismas fechas unas escuchas telefónicas de la Policía, ahora anuladas, indicaron que el bailaor había cometido el atropello.
El bailaor ha recibido la sentencia, que le obligará a ingresar en prisión en un plazo de entre dos y cinco meses, con "con tranquilidad, con seriedad y asumiendo lo que tenía que suceder", según su abogado, Benito Saldaña.
Para la viuda de Olalla, Angeles Madero, la sentencia ha sido sin embargo un motivo de "satisfacción" tras el "palo" que le supuso el fallo de primera instancia, explicó su letrado, José Manuel Rosendo.
Ni Madero ni el bailaor han hecho hoy declaraciones sobre este fallo judicial, aunque la oficina de representación de Farruquito insiste en que por el momento el artista mantiene las actuaciones que tenía programadas, la próxima el 14 de septiembre en Lyon (Francia).
Contra la sentencia, que ha sido valorada por la Asociación de Víctimas de Accidentes (DIA) por cuanto "ofrece más seguridad jurídica a los ciudadanos" y "coacciona a los infractores", no cabe ningún recurso ordinario, sólo uno de amparo ante el Tribunal Constitucional. EFE

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