viernes, septiembre 08, 2006

Declaran nulo acuerdo Filá Alcoy que rechazó ingreso 3 mujeres

Alicante, 8 sep (EFE).- La Audiencia de Alicante ha estimado la demanda de tres mujeres que querían acceder como miembros a la Asociación de San Jorge-Filá Navarros, de las fiestas de Moros y Cristianos de Alcoy, al declarar nulo el acuerdo de la asamblea de esa filá, que rechazó su ingreso por su condición de mujeres.
La sentencia de la sección octava de la Audiencia, facilitada a Efe, concluye que el acuerdo de los Navarros "constituye una infracción del principio de igualdad reconocido en el artículo 14 de la Constitución, pues sólo la condición de mujer de las demandantes les privó de ingresar en la Filá y adquirir así la condición de 'festeres'".
El fallo también revoca la sentencia previa dictada por el juzgado de primera instancia número 1 de Alcoy del 22 de noviembre de 2005, que fue favorable a la Filá Navarros de las fiestas de Moros y Cristianos al desestimar la petición de las tres demandantes por defectos de forma.
Las tres demandantes, Gemma Ballester, Montserrat Martínez y Susana Angulo, recurrieron judicialmente el acuerdo de la junta general extraordinaria de la Filá del 20 de noviembre de 2004, que aprobó la admisión como miembros de pleno derecho de los 28 hombres solicitantes y denegó las suyas.
Esa decisión de la Filá Navarros, actualmente con unos 140 miembros, se produjo en una votación secreta y en la que se hizo valer la mayoría simple.
El fallo firmado por el presidente Enrique García-Chamón y los magistrados Luis Antonio Soler y Francisco José Soriano declara "la nulidad absoluta del acuerdo".
Los jueces reflejan que la denegación de ingreso ocurrió por la condición de mujer de las demandantes, como lo demuestra el hecho de que se aprobara la entrada de "todos" los hombres (28) y se rechazaran a las tres mujeres, "cuando no se hizo ninguna previa presentación de las cualidades personales" de los 31 aspirantes.
El fallo, ante el que cabe recurso, no atiende al criterio de la asociación festera, que aduce que nunca se produjo esa discriminación y que el rechazo no fue más que la consecuencia del libre ejercicio del derecho al voto de los miembros de la Filá y de la aplicación del principio de democracia interna.
Frente a ello, la Audiencia afirma que "el criterio que inspiró el resultado de la votación era la exclusión de las ahora demandantes por el simple hecho de ser mujeres".
Añade que "tan contundente resultado en la votación no puede obedecer a la simple casualidad" sino "a una manifiesta intención de excluir a las mujeres de la condición de 'festeres', como pone de manifiesto su infrarrepresentación a nivel local (6.000 ó 6.500 'festers' hombres por tan sólo 6 'festeres' mujeres)".
También se aduce que en el texto del acta de la junta se refleja que las intervenciones previas a la votación sólo se refieren a la participación de la mujer en las Fiestas de Moros y Cristianos de Alcoy.
Además, se constata que la Filá Navarros sólo usa el sistema de admisión de nuevos miembros mediante votación si hay alguna aspirante mujer ya que, en caso de ser sólo hombres, el ingreso se hace con una simple solicitud más el aval de otros dos 'festers'.

1 comentario:

Cripema dijo...

Enhorabuena a las tres!
Era cuestion de tiempo y de abogado.
(Felicidades Oscar)
"Ni siquiera" una Filá de Moros y Cristianos de Alcoi puede pasarse un Principio General del Derecho inspirador de la norma suprema de nuestro ordenamiento juridico, por el forro de los cojones (menos mal!)
Me alegro que lo hayais conseguido chicas! Yo de vosotras, ahora, haría míos los principios de Groucho Marx acerca de no pertenecer nunca a un club que admitiera como socio a alguien como yo.
Pero vosotras mismas...es lo que tiene la libertad....capacidad de decision.

P.D (para detractores):
No, no soy nacida en Alcoi. Y sí, sí puedo opinar de esto. De esto, y de lo que me apetezca. Es lo bueno de vivir en un Estado de Derecho.